FAPAR – Servicio de atención telefónica o por correo electrónico a las familias.

fapar   FAPAR pone a disposición de todas las familias que lo demanden el Servicio de Atención Telefónica, a través del teléfono de su sede:

976 32 14 30

 De lunes a viernes en horario de 9 :00 a 12:00 h.

Desde la  Federación les atenderá una experta en temas de infancia y adolescencia. FAPAR garantiza la total confidencialidad de las cuestiones.

Para más información aquí.

Ordenación educativa de primero y tercero de la ESO, y de primero de Bachillerato.

educaragonSe han publicado las instrucciones complementarias sobre la ordenación educativa del primer y tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, y del primer curso de Bachillerato para el curso escolar 2015-2016.   Ver aquí.  Se regulan las asignaturas troncales y específicas, la distribución horaria, y la ordenación curricular.

Los antecedentes a esta instrucción fueron el Real Decreto 1105/2015, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la ESO y del Bachillerato. Ver aquí.   

Y la Orden de 9 de julio de 2015, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte que suspende la aplicación de las órdenes de 15 de mayo de 2015, en donde se aprobaban los currículos de la ESO y del Bachillerato.   Ver aquí.

Y las instrucciones definitivas de 10 de julio de 2015, del Secretario General Técnico del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, sobre la ordenación educativa del primer y tercer curso de ESO y del primer curso de Bachillerato para el curso escolar 2015-2016.  Ver aquí.

Declaración de renta. Deducción por adquisición de libros de texto y material escolar.

De interés para todas las familias que estos días aeatestamos comprando libros y material escolar. Es importante pedir y conservar las facturas de las compras.

Existe en Aragón una deducción autonómica por adquisición de libros de texto y material escolar. El literal de la norma dice:

Artículo 110-11.- Deducción  de la cuota íntegra autonómica  por adquisición  de libros de texto  material escolar.

1. Los contribuyentes  podrán deducirse las cantidades destinadas a la adquisición de libros de tex­to para sus descendientes, que hayan sido editados para Educación  Primaria y Educación Secundaria Obligatoria,  así como las cantidades destinadas  a la adquisición  de material escolar para dichos niveles educativos.

A estos efectos, se entenderá por «material escolar» el conjunto de medios y recursos que facilitan la enseñanza y el aprendizaje, destinados  a ser utilizados por los alumnos para el desarrollo y aplicación de los contenidos  determinados por el currículo de las enseñanzas de régimen general establecidas por la normativa académica  vigente, así como  la equipación y complementos  que la Dirección y/o el Consejo Escolar del centro educativo haya aprobado para la etapa educativa de referencia.

2. La deducción se aplicará con los siguientes límites:

2.1. En las declaraciones conjuntas, los contribuyentes  para los que la cantidad resultante  de la suma de la base imponible  general y de la base imponible del ahorro se encuentre  comprendida en los tramos que se indican a continuación podrán deducirse hasta las siguientes cuantías:

a) En el supuesto de contribuyentes  que no tengan la condición legal de «familia numerosa»:

Hasta 12.000 euros 100 euros por descendiente
Entre 12.000,01 y 20.000,00 euros 50 euros por descendiente
Entre 20.000,01 25.000,00 euros 37,50 euros por descendiente

 b) En el supuesto de contribuyentes  que tengan la condición  legal de «familia numerosa», por ca­da descendiente: una cuantía fija de 150 euros.

2.2. En las declaraciones individuales, los contribuyentes  para los que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible  del ahorro se encuentre  comprendida en los tramos que se indican a continuación podrán  reducirse hasta las siguientes cuantías:

a) En el supuesto de contribuyentes  que no tengan la condición legal de «familia numerosa»: 

Hasta 6.500 euros 50 euros por descendiente
Entre 6.500,01 y 10.000,00 euros 37,50 euros por descendiente
Entre 10.000,01 y 12.500,00 euros 25 euros por descendiente

 b) En el supuesto de contribuyentes  que tengan la condición  legal de familia numerosa», por ca­da descendiente: una cuantía fija de 75 euros.

3. La deducción resultante de la aplicación de los apartados anteriores deberá  minorarse, por cada descendiente, en la cantidad correspondiente a las becas y ayudas percibidas, en el período impositivo de que se trate, de la Administración de la Comunidad  Autónoma de Aragón o de cualquier otra Administración pública que cubran la totalidad o parte de los gastos por adquisición  de los libros de texto y material escolar señalados en el apartado 1.

4. Para la aplicación  de la presente deducción, solo se tendrán en cuenta aquellos descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes en el artículo 58 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre,  del Impuesto  sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación  parcial de otras leyes reguladoras de impuestos.

5. Asimismo, para la aplicación de la deducción se exigirá, según los casos:

a) Con carácter general, que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la  base imponible  del ahorro, no supere  la cuantía  de  25.000  euros en tributación  conjunta  y de 12.500 euros en tributación individual.

b) En el supuesto de contribuyentes  que tengan la condición  legal de «familia numerosa»,  que la cantidad resultante  de la suma de la base imponible  general y de la base imponible  del ahorro, no supere la cuantía de 40.000 euros en tributación conjunta y de 30.000 euros en tributación individual.

e) En su caso, la acreditación documental de la adquisición de los libros de texto y del material escolar podrá realizarse  mediante factura o cualquier  otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en Derecho.

6. La deducción  corresponderá al ascendiente  que haya satisfecho  las cantidades destinadas a la adquisición de los libros de texto y del material escolar. No obstante, si se trata de matrimonios con el régimen económico del consorcio conyugal aragonés o análogo, las cantidades satisfechas se atribuirán a ambos cónyuges por partes iguales.

Mercadillo de libros 2015-2016. Nota informativa a las familias.

libros de texto 40nota informativa a las familiasanuncio

ESTAS SON LAS FICHAS A CUMPLIMENTAR PARA LAS FAMILIAR QUE QUIERAN VENDER LIBROS.

Esta es la ficha de 2ºESO

Y esta es la ficha de 4ºESO

Y esta es la ficha de 2ºBACHILLER-HUMANIDADES

Y esta es la ficha de 2ºBACHILLER-CIENCIAS

Hemos retirado estos enlaces porque contenían un error. Para poder consultar la lista de libros les remitimos a la web del instituto www.iespignatelli.es donde informarán en el apartado “libros de texto”

 

Mercadillo de libros en suspenso.

libros de texto 40En el AMPA hemos decidido retrasar las fechas del mercadillo de libros hasta que sepamos con seguridad qué libros se van utilizar el año que viene.

La comunicación que hemos recibido de Secretaría dice, literalmente:

“Respecto al listado de libros, en los cursos pares en los cuales no va a entrar la LOMCE, los libros son los mismos que el curso pasado exceptuando en 2º de ESO que este curso van a llevar libro de tecnología. Esto es provisional, puede haber cambios hasta final de mes.

El problema aparece en los cursos impares en los que puede entrar la LOMCE y entonces habrían cambios de libros en algunas materias de estos cursos. Como no sabemos si al final la LOMCE se paralizara en Aragón hay que esperar hasta final de mes para saber que es lo que pasa y poder cerrar el listado definitivo de libros para estos cursos”

Sobre la posible paralización de la implantación de la LOMCE en Aragón, el Frente Anti-LOMCE ha distribuido este manifiesto el 5 de junio, después de las elecciones autonómicas:

Documento Scannable el 11-6-2015 19_07_35

En resumen:  habrá mercadillo de libros, y acordaremos las fechas cuando el Instituto publique la lista en su página web.

Plataforma de intercambio de libros de texto del Gobierno de Aragón.

libros gobierno de aragonEl Gobierno de Aragón ha mandado a la dirección del Instituto esta carta informando de que está operativa la “Plataforma de Intercambio de libros de texto: PLT”. En la carta se describe el procedimiento para acceder a esta plataforma.

Este procedimiento es alternativo al mercadillo de libros que organizamos como AMPA.

PLT